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La ocupación de viviendas habituales no es un objetivo común para los okupas. Esta práctica se considera un delito de allanamiento de morada, con penas más severas que la usurpación. Aunque existe alarma social en torno a las ocupaciones de viviendas, los datos del Instituto Nacional de Estadística indican que la ocupación de viviendas habituales no es frecuente. En cambio, la usurpación suele afectar a viviendas deshabitadas o poco utilizadas. En caso de que ocurra la ocupación de una vivienda habitual, los propietarios deben presentar una denuncia a la policía y seguir los procedimientos legales para recuperarla, ya sea a través de vía civil o penal. Estos procedimientos son más ágiles que los relacionados con la usurpación, lo que facilita la recuperación de la vivienda en menos tiempo. Sin embargo, es importante no tomar la justicia por cuenta propia, ya que esto puede afectar la legalidad del proceso de recuperación.