No tiene favoritos
Noticias
-
Ley de Vivienda (Año II): crisis en el alquiler con más demanda, menos oferta y precios disparados
27th mayo 2025 -
Crece el desarrollo de complejos residenciales para mayores: ya hay más de 5.400 viviendas
22nd mayo 2025 -
El precio de la vivienda crecerá un 7,3% en 2025 y un 5,3% en 2026, según BBVA Research
19th mayo 2025 -
Las compraventas de viviendas se disparan un 40% y marcan su mejor marzo desde 2007
16th mayo 2025 -
La mansión de James Bond en Niza (Francia) vuelve a salir al mercado por 6,5 millones menos
16th mayo 2025 -
INCREMENTO EN LA COMPRAVENTA DE VIVIENDAS
8th abril 2025 -
AUMENTO EN LA COMPRA DE VIVIENDAS POR PARTE DE EXTRANJEROS
8th abril 2025 -
DISMINUCIÓN DE LA OFERTA DE ALQUILER
8th abril 2025 -
FORTALEZA DEL MERCADO INMOBILARIO A PESAR DE DESAFIOS
8th abril 2025 -
A LA VENTA VIVIENDAS Y OTROS INMUEBLES CON REBAJAS DE HASTA EL 64%
21st julio 2023
Responsabilidad de los gananciales por deudas del comercio o profesionales y Registro Mercantil
11 junio 2021INMOBILIARIA, GRUPO NEXUS, INFORMA
Todo lo anterior nos lleva a afirmar que el art. 1365,2º respecto de la responsabilidad de todos los gananciales por deudas derivadas del ejercicio de actividades profesionales o derivadas del ejercicio del comercio constituye un PRIVILEGIO a favor de los acreedores de ese tipo en detrimento de los demás acreedores del profesional o comerciante y además supone al mismo tiempo un claro perjuicio para su cónyuge que puede ver agredidos todos los gananciales y no solo la mitad y todo ello por una deuda que él o ella no ha contraído.
Claro que el legislador fue claro en sus objetivos que no ocultó y ya en la exposición de motivos de la reforma de 1981 señalaba como la nueva regulación buscaba "la consideración prioritaria de la seguridad del tráfico y los derechos de terceros, que se hace patente frente al cambio o modificación del régimen matrimonial o en las posibilidades concedidas de actuar erga omnes, comprometiendo incluso los bienes comunes, O sea en la disyuntiva de proteger en el caso de actuación individual de un cónyuge bien a su consorte o bien al tercero nuestro legislador prefiere a este frente a aquel. Claro como el agua.
Muchos autores han bendecido ese privilegio a favor de los acreedores del comerciante o profesional ("ventaja exclusiva o especial que goza alguien" según la Real Academia) que tiene su fundamento exclusivamente en la naturaleza de la obligación y del acreedor.
info@nexusgrupo.com
0034 965727960