No tiene favoritos
Noticias
-
¿Qué tener en cuenta a la hora de alquilar un piso siendo inquilino?
11th diciembre 2025 -
Me han vendido una casa con okupas, ¿qué puedo hacer?
5th diciembre 2025 -
El Congreso tumba la ley de Sumar para prohibir a fondos de inversión comprar casas
27th noviembre 2025 -
La calefacción más económica para un piso, ¿cuál es y por qué?
21st noviembre 2025 -
Vivir en Almoradí: mejores zonas, coste de vida y principales ventajas
20th noviembre 2025 -
El PP busca cambiar el Código Penal en el Senado para legalizar el corte de suministros en casas okupadas
19th noviembre 2025 -
Feijóo censura la política de vivienda de Sánchez:
19th noviembre 2025 -
¿Cómo funciona la subida del alquiler con el IPC en 2025?
17th noviembre 2025 -
Feijóo censura la política de vivienda de Sánchez:
13th noviembre 2025 -
Cómo detectar documentación falsa de un potencial inquilino
12th noviembre 2025
Responsabilidad de los gananciales por deudas del comercio o profesionales y Registro Mercantil
24 mayo 2021INMOBILIARIA, GRUPO NEXUS INFORMA;
Significa ello que en el caso de negocios a los que no es aplicable el Código de Comercio como son agricultores, ganaderos o artesanos ¿Los acreedores de los mismos solo podrán dirigirse contra los bienes privativos de los mismos y solo subsidiariamente frente a los gananciales por la vía del art. 1373 CC? Desde luego no parece que dichos acreedores puedan invocar el art. 1362,4ª que solo se refiere al ámbito interno entre cónyuges de los gastos "a Cargo" de la sociedad ganancial, pero no al de la "responsabilidad" frente a terceros que se regula en otra parte de nuestro texto civil (arts 1365 y siguientes).
A esto suma que nuestro más alto Tribunal parece considerar que algunas actividades del mismo sujeto en dicho ámbito excluido pueden ser civiles y otras mercantiles y así por ejemplo, la reciente sentencia de 10 de diciembre de 2020 considerá que el desarrollo de la actividad agrícola es una actividad civil, pero sin embargo es mercantil la venta de productos alimenticios que realiza el agricultor y es por eso que considera que el contrato por el que se suministraba a este una cantidad concreta de cereales es mercantil. Parece seguir la línea de sentencias como las de 14 de mayo de 1971 que distinguía entre la actividad (civil) de explotación agraria y la industria o comercio en sus manifestaciones agrarias o pecuarias. Un poco lioso el tema.
info@nexusgrupo.com
0034 965727960