No tiene favoritos
Noticias
-
DIFERENCIA ENTRE ALQUILER VACACIONAL Y DE TEMPORADA
24th febrero 2023 -
DIFERENCIA ENTRE ALQUILER VACACIONAL Y DE TEMPORADA
23rd febrero 2023 -
DIFERENCIA ENTRE ALQUILER VACACIONAL Y DE TEMPORADA
22nd febrero 2023 -
DIFERENCIA ENTRE ALQUILER VACACIONAL Y DE TEMPORADA
21st febrero 2023 -
CÓMO AFECTA EL VALOR DE REFERENCIA CATASTRAL EN LA VENTA DE LA VIVIENDA TRAS UN DIVORCIO O UNA HERENCIA
20th febrero 2023 -
CÓMO AFECTA EL VALOR DE REFERENCIA CATASTRAL EN LA VENTA DE LA VIVIENDA TRAS UN DIVORCIO O UNA HERENCIA
19th febrero 2023 -
CÓMO AFECTA EL VALOR DE REFERENCIA CATASTRAL EN LA VENTA DE LA VIVIENDA TRAS UN DIVORCIO O UNA HERENCIA
18th febrero 2023 -
ES POSIBLE RECTIFICAR LAS GANANCIAS PATRIMONIALES EN EL IRPF UNA VEZ TERMINADA LA CAMPAÑA DE LA RENTA
17th febrero 2023 -
España, cuarto País europeo más atractivo para invertir en 2023, según CBRE
16th febrero 2023 -
EL BANCO DE ESPAÑA PIDE A LOS BANCOS NO GENERAR FALSAS EXPECTATIVAS EN SUS CAMPAÑAS DE CAPTACIÓN
15th febrero 2023
CÓMO BUSCAR LA FINANCIACIÓN HIPOTECARIA
22 abril 2021En aquellos casos en los que vayamos a subrogarnos en el préstamo contratado por el vendedor o promotor, hemos de tener en cuenta.
Que deberemos exigir al vendedor la presentación de una certificación expedida por el banco acreedor, de la que resulte la cantidad que se halla pendiente de pago.
Que podremos solicitar del banco que tenga la hipoteca del vendedor o promotor una mejora en el tipo de interés y en las condiciones del plazo, y que en caso de negarse a ello, podremos solicitar de otro banco o entidad tales condicones, de modo que la nueva entidad pague a la anterior el importe pendiente de pago y se coloque en su lugar como acreedora, con las nuevas condiciones más ventajosas. Tales operaciones resultan prácticamente gratuitas en cuanto están exentas de impuestos, y los honorarios notariales y registrales y las comisiones que pueden cobrar los bancos por llevarlas a cabo están muy reducidas por ley.
info@nexusgrupo.com
0034 965727960