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24th febrero 2023 -
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21st febrero 2023 -
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18th febrero 2023 -
ES POSIBLE RECTIFICAR LAS GANANCIAS PATRIMONIALES EN EL IRPF UNA VEZ TERMINADA LA CAMPAÑA DE LA RENTA
17th febrero 2023 -
España, cuarto País europeo más atractivo para invertir en 2023, según CBRE
16th febrero 2023 -
EL BANCO DE ESPAÑA PIDE A LOS BANCOS NO GENERAR FALSAS EXPECTATIVAS EN SUS CAMPAÑAS DE CAPTACIÓN
15th febrero 2023
CÓMO BUSCAR LA FINANCIACIÓN HIPOTECARIA
19 abril 2021 En la actualidad, la compra de una vivienda conlleva casi siempre la obtención, de un préstamo hipotecario a través, del cual financiar la adquisición. El banco prestamista abona el importe del precio al vendedor, y el comprador queda obligado a devolver al banco lo pagado, abonando un interés determinado. El banco garantiza la devolución mediante la constitución de un derecho real de garantía; la hipoteca, que solo existe cuando se inscribe en el registro de la propiedad, la cual le permitirá exigir la venta de la vivienda en caso de que el comprador no atienda los plazos de devolución del préstamo, para de este modo cobrarse con el precio que se obtenga.
En la búsqueda del préstamo hipotecario a través del cual financiar la adquisición de la vivienda que compremos habremos de tener en cuenta
Que el banco a quien solicita el préstamo exigirá para dárnoslo que tengamos la vivienda inscrita a nuestro nombre.
Antes de la firma del contrato, de préstamos hipotecario, el notario tiene la obligación de prestarnos asesoramiento y resolver cualquier duda que se nos plantee sobre las condiciones del préstamo hipotecario que vamos a firmar, debiendo otorgar un acta previa a la firma del contrato, en el que conste que se ha cumplido con estos requisitos.
El asesoramiento prestado por el Notario así como el otorgamiento del acta será totalmente gratuito
info@nexusgrupo.com
0034 965727960