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Ley de Vivienda (Año II): crisis en el alquiler con más demanda, menos oferta y precios disparados
27th mayo 2025 -
Crece el desarrollo de complejos residenciales para mayores: ya hay más de 5.400 viviendas
22nd mayo 2025 -
El precio de la vivienda crecerá un 7,3% en 2025 y un 5,3% en 2026, según BBVA Research
19th mayo 2025 -
Las compraventas de viviendas se disparan un 40% y marcan su mejor marzo desde 2007
16th mayo 2025 -
La mansión de James Bond en Niza (Francia) vuelve a salir al mercado por 6,5 millones menos
16th mayo 2025 -
INCREMENTO EN LA COMPRAVENTA DE VIVIENDAS
8th abril 2025 -
AUMENTO EN LA COMPRA DE VIVIENDAS POR PARTE DE EXTRANJEROS
8th abril 2025 -
DISMINUCIÓN DE LA OFERTA DE ALQUILER
8th abril 2025 -
FORTALEZA DEL MERCADO INMOBILARIO A PESAR DE DESAFIOS
8th abril 2025 -
A LA VENTA VIVIENDAS Y OTROS INMUEBLES CON REBAJAS DE HASTA EL 64%
21st julio 2023
Hacienda infla las valoraciones de las viviendas y obliga a los contribuyentes a pagar más impuestos
29 abril 2022Qué sucede si el contribuyente decide no reclamar
Si el contribuyente se conforma con el resultado y decide no reclamar, el valor de referencia de Catastro devendrá firme y necesariamente deberá tributar por él en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, según el caso.
Sin embargo, no podemos olvidar que el nuevo valor de referencia también afecta al Impuesto sobre el Patrimonio y que no está prevista una vía específica para poder impugnarlo. Por tanto, insisten desde Ático Jurídico, “si un contribuyente se conforma y no recurre el valor de referencia al adquirir el inmueble, podría verse obligado a tributar en el Impuesto sobre el Patrimonio por dicho valor, en el futuro, siendo discutibles las posibilidades de impugnación”.
Esta situación podría ser frecuente en aquellas autonomías donde el Impuesto de Sucesiones y Donaciones está muy bonificado y el contribuyente no quiera recurrir porque apenas conseguiría un ahorro en términos de tributación, pero debe tener en cuenta que puede acabar pagando la factura fiscal en el Impuesto sobre el Patrimonio año tras año.