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Fingir que tienes una alarma sale caro: hasta 600 euros al día si usas el nombre de una empresa sin contratarla
14 agosto 2025
Poner un cartel de alarma con el nombre de una empresa de seguridad sin haber contratado sus servicios puede parecer una solución rápida para espantar a ladrones o evitar okupas. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que esta práctica está prohibida por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, y puede acarrear sanciones de hasta 600 euros al día. Lo que parecía una medida inocente, puede convertirse en un serio problema legal.
El verdadero motivo de la multa no es el cartel en sí, sino fingir un servicio profesional que no se tiene. Usar el nombre o logotipo de una empresa sin permiso es suplantar su identidad, aprovecharse de su reputación y, en muchos casos, vulnerar sus derechos de marca. Esto no solo conlleva sanciones económicas, sino también la posibilidad de ser demandado por daños y perjuicios. Lo que empieza como una simple placa puede acabar en los tribunales.
¿La buena noticia? Puedes proteger tu casa con un cartel genérico de videovigilancia sin infringir la ley, siempre que no mencione ninguna empresa concreta. Así que si no tienes contratado un sistema de seguridad real, lo más sensato es no aparentarlo. Porque cuando se trata de seguridad, lo barato —o lo falso— puede salir muy caro.