No tiene favoritos
Noticias
-
Hernández Reche: "Vamos hacia otra burbuja inmobiliaria, aunque es distinta a la de 2008"
23rd octubre 2025 -
Rodríguez apuesta por la intervención del mercado de vivienda entre las críticas de PP y Sumar
22nd octubre 2025 -
El Gobierno da marcha atrás y propondrá congelar las cuotas de autónomos de menores ingresos para 2026
21st octubre 2025 -
Las asociaciones inmobiliarias piden menos impuestos y más pactos políticos contra la crisis de vivienda
20th octubre 2025 -
Comprar una casa con hipoteca: todo lo que debes saber
14th octubre 2025 -
Sumar presenta un real decreto para congelar los alquileres y restringir los pisos turísticos
13th octubre 2025 -
Los requisitos de los propietarios al alquilar: “Gran parte de las casas no están ni 24h en el mercado”
6th octubre 2025 -
Humedades en terrazas: la Justicia aclara quién paga, el propietario o la comunidad
1st octubre 2025 -
Fingir que tienes una alarma sale caro: hasta 600 euros al día si usas el nombre de una empresa sin contratarla
14th agosto 2025 -
El estudio de solvencia para el alquiler, ¿qué es y cómo hacerlo?
29th julio 2025
Cómo reclamar tras la compra de una vivienda si aparecen vicios ocultos
13 abril 2022INMOBILIARIA, GRUPO NEXUS INFORMA
¿Qué hacer con vicios ocultos en obra nueva?
Sí, pueden aparecer vicios ocultos en las casas de obra nueva y se pueden reclamar. “Las acciones que se ejerciten lo pueden ser contra el vendedor, promotor, constructor, dirección técnica, dirección facultativa, etc., es decir, se puede reclamar a todas las personas físicas o jurídicas involucradas”,
¿Cuánto tiempo hay para reclamar?
“Durante diez años desde la fecha de recepción de la obra, se podrán reclamar los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación. Por ejemplo, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio”
Además, durante tres años después de la entrega, se podrán reclamar los daños causados en el edificio por vicios ocultos o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.
“El constructor también responderá de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras dentro del plazo de un año”.