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13 abril 2022INMOBILIARIA, GRUPO NEXUS INFORMA
¿Qué hacer con vicios ocultos en obra nueva?
Sí, pueden aparecer vicios ocultos en las casas de obra nueva y se pueden reclamar. “Las acciones que se ejerciten lo pueden ser contra el vendedor, promotor, constructor, dirección técnica, dirección facultativa, etc., es decir, se puede reclamar a todas las personas físicas o jurídicas involucradas”,
¿Cuánto tiempo hay para reclamar?
“Durante diez años desde la fecha de recepción de la obra, se podrán reclamar los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación. Por ejemplo, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio”
Además, durante tres años después de la entrega, se podrán reclamar los daños causados en el edificio por vicios ocultos o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad.
“El constructor también responderá de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras dentro del plazo de un año”.