No tiene favoritos
Noticias
-
¿Qué tener en cuenta a la hora de alquilar un piso siendo inquilino?
11th diciembre 2025 -
Me han vendido una casa con okupas, ¿qué puedo hacer?
5th diciembre 2025 -
El Congreso tumba la ley de Sumar para prohibir a fondos de inversión comprar casas
27th noviembre 2025 -
La calefacción más económica para un piso, ¿cuál es y por qué?
21st noviembre 2025 -
Vivir en Almoradí: mejores zonas, coste de vida y principales ventajas
20th noviembre 2025 -
El PP busca cambiar el Código Penal en el Senado para legalizar el corte de suministros en casas okupadas
19th noviembre 2025 -
Feijóo censura la política de vivienda de Sánchez:
19th noviembre 2025 -
¿Cómo funciona la subida del alquiler con el IPC en 2025?
17th noviembre 2025 -
Feijóo censura la política de vivienda de Sánchez:
13th noviembre 2025 -
Cómo detectar documentación falsa de un potencial inquilino
12th noviembre 2025
Hacienda ultima un nuevo control fiscal a los alquileres de pisos turísticos
14 diciembre 2020Tras el varapalo sufrido con la sentencia del Tribunal Supremo que anulaba el modelo establecido para controlar los ingresos de los alquileres turísticos, el Ministerio de Hacienda ultima un nuevo sistema. Pretende introducir una nueva declaración informativa obligatoria para todas las personas, entidades y plataformas colaborativas como Airbnb relacionadas como el alquiler turístico, a través del decreto de la Tasa Tobin.
El pasado septiembre, el Tribunal Supremo seguía la doctrina marcada por el TJUE y declaró contrario a derecho la forma en que Hacienda realizaba el control fiscal sobre los alquileres de pisos turísticos, que suponía la eliminación del modelo 179, donde se declaraba de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos de forma trimestral.
Pues bien, ahora la Agencia Tributaria pretende introducir en el real decreto que se prepara para el nuevo impuesto a las transacciones financieras, la llamada Tasa Tobin, una nueva declaración informativa para todos los agentes de este sector.
Según el documento sobre las disposiciones finales del real decreto ley, que España debe remitir a Bruselas, y al que ha tenido acceso el diario Cinco Días “ introduce un nuevo artículo 54 en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria que obliga a las personas, entidades y plataformas colaborativas que intermedien, a título oneroso o gratuito, en la cesión de viviendas con fines turísticos situadas en España a informar periódicamente sobre estas operaciones”.
Esto supondrá que deberán facilitar la identidad de los propietarios del inmueble; la de aquellos que la disfruten, sea por arrendamiento, subarrendamiento, contrato de multipropiedad, de propiedad a tiempo parcial o similares, detallando la referencia catastral de la vivienda, el número de días de cesión y el importe abonado. De este control quedan excluidos los arrendamientos ordinarios. Este real decreto ley entrará en vigor el 16 de enero de 2021.