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Vender una vivienda conlleva gastos como la plusvalía municipal y el pago de impuestos a Hacienda por la ganancia patrimonial en la declaración de la renta. El IRPF se aplica a la venta de viviendas y se paga en la renta del año siguiente según la ganancia patrimonial. Sin embargo, hay exenciones. Si se utiliza el dinero de la venta para comprar una nueva vivienda habitual, se puede evitar pagar el IRPF, cumpliendo requisitos como haber residido en la vivienda vendida durante al menos tres años y habitar la nueva vivienda en un plazo de doce meses. Las personas mayores de 65 años también están exentas de pagar el IRPF por la venta de su vivienda habitual, sin necesidad de reinvertir el dinero. Si la vivienda vendida es una segunda residencia, pueden evitar el pago si utilizan el dinero para establecer una renta vitalicia dentro de los plazos y montos establecidos. Además, si se ha entregado la vivienda en dación en pago, se puede disfrutar de la exención si no se poseen otros bienes suficientes para pagar la deuda hipotecaria.