No tiene favoritos
Noticias
-
ERC presiona al PSOE y lleva al Congreso su ley para crear un impuesto a partir de la tercera vivienda
30th octubre 2025 -
¿Vamos hacia un país de inquilinos? el alquiler pesa un 20% sobre el total
26th octubre 2025 -
Hernández Reche: "Vamos hacia otra burbuja inmobiliaria, aunque es distinta a la de 2008"
23rd octubre 2025 -
Rodríguez apuesta por la intervención del mercado de vivienda entre las críticas de PP y Sumar
22nd octubre 2025 -
El Gobierno da marcha atrás y propondrá congelar las cuotas de autónomos de menores ingresos para 2026
21st octubre 2025 -
Las asociaciones inmobiliarias piden menos impuestos y más pactos políticos contra la crisis de vivienda
20th octubre 2025 -
Comprar una casa con hipoteca: todo lo que debes saber
14th octubre 2025 -
Sumar presenta un real decreto para congelar los alquileres y restringir los pisos turísticos
13th octubre 2025 -
Los requisitos de los propietarios al alquilar: “Gran parte de las casas no están ni 24h en el mercado”
6th octubre 2025 -
Humedades en terrazas: la Justicia aclara quién paga, el propietario o la comunidad
1st octubre 2025
Responsabilidad de los gananciales por deudas del comercio o profesionales y Registro Mercantil
2 junio 2021La segunda sería la de interpretar qué significa que un cónyuge se puede oponer a que el otro ejerza el comercio de que habla el art. 10 CCom, lo que ha dado lugar a opiniones diversas, ya que para algunos no cabe oponerse, sino por causa justificada, no siendo posible consentir la actividad y no la responsabilidad patrimonial, mientras que para otros aunque si cabe esta última posibilidad ello daría lugar a que los bienes adquiridos por el comercio fueran privativos del cónyuge empresario y no gananciales (CUENA CASAS) opinión que no dejaría de tener cierta base histórica (Ley 223 de las Leyes de Estilo)
Seguiremos la opinión de Peña, Ragel, y Guilarte Cutierrez que consideran acertadamente que ningún esposo puede negarse a que el otro ejerza el comercio, no siendo preciso justificación alguna para ello, siendo en todo caso lo adquirido ganancial, a pesar de la oposición, tratándose de una expresión desafortunada de nuestro CCom que debe restringir su ámbito EXCLUSIVAMENTE al de la responsabilidad de los gananciales.
info@nexusgrupo.com
0034 965727960