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¿TESTAMENTO o DONACIÓN EN VIDA?
¿Cuáles son sus ventajas y desventajas?
Los pactos sucesorios tienen muchas ventajas, comenzando por su enorme versatilidad. Al pactar la sucesión en vida, es un instrumento idóneo para vehiculizar los protocolos familiares en la sucesión de empresas, pero también para ordenar la prestación de apoyos económicos y familiares en el seno de la familia cuando los padres se encuentran o se van a encontrar en situación de dependencia. Así, por ejemplo, se puede pactar que uno de los hijos se ocupe personalmente de ellos y a cambio reciba determinados bienes en la herencia con lo que se incentivan los comportamientos responsables y solidarios en el seno de la familia. También pueden hacerse a favor de personas jurídicas, por ejemplo que cuiden de las personas mayores en sus últimos años de vida y en definitiva, permiten una planificación sucesoria tanto civil como fiscal.
Pero hay, además, una ventaja adicional, ya que es un instrumento muy apropiado para proteger el patrimonio de personas vulnerables, incluyendo tanto medidas de apoyo en el ejercicio de la capacidad jurídica como prohibiciones para la realización de actos especialmente importantes sin el consentimiento de los sucesores, previniendo de este modo la realización de actos perjudiciales para personas con problemas psíquicos o cuya voluntad teman que pueda ser indebidamente influida.
Las principales desventajas son que la voluntad del titular queda sujeta a la de otras personas, por lo que debe mediar una gran confianza entre las partes, aunque hay causas legales que permiten desvincularse del pacto y se pueden pactar libremente las que se estimen oportunas. Y su coste es superior al del testamento, al tratarse de documentos de mucha mayor complejidad.
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